Hoy las grandes expropiaciones ya no se hacen con la Ley de Expropiación Forzosa, sino directamente con la regulación. este tipo de regulaciones no es la primera vez que se aplica. Acuérdense de la “golden share”. Lean el “post”.
¿Le han detenido los tractoristas? ¿Le han parado los camiones? Reclame sus daños al Estado
Si usted ha sufrido daños por las tractoradas de agricultores y camionadas de transportistas, sepa en nuestra opinión que el Estado ha sido negligente y es el responsable. Reclame al Estado. Luego, si el Estado quiere, que le reclame a los vándalos. Pero la ley obliga al Ministerio del Interior a garantizar que se pueda circular por las carreteras.
Transportista, agricultor ¿su seguro no responde de los daños sufridos en Francia?
Transportista, Agricultor, Cargador: si el seguro que tiene contratado dice que NO CUBRE los daños sufridos en Francia, arriende nuestro servicio.
Francia es culpable y la UE también
Transportista, Agricultor, Exportador: exija a la Comisión Europea que actúe frente a Francia por los desórdenes que han causado ciertos energúmenos “en lucha” haciendo uso violento con impunidad de sus supuestos “derechos” para perjudicar a terceros -a usted o su empresa- para sacar ventaja comercial ilegítima impidiendo su tráfico de mercancías. Simplemente dele a “reclamar” y rellene el formulario. Todo lo demás se hace solo. La explicación, en el post. Lea el post.
Expropiaciones eléctricas ¿Hay remedio?
Estudio de lo que puede hacer un propietario cuando una compañía eléctrica decide expropiarle: casi nada.
No cayó el ITSGF pero caerá el Impuesto sobre el Patrimonio
Nos alineamos con Ros Petit Asesores Legales y Tributarios señalando que la futura Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Impuesto sobre el Patrimonio no debe atender ni a tendencias ni a colores, sino a su inveterada jurisprudencia. Por lo que debe ser ESTIMATORIA. La seguridad jurídica que hay que defender no es la de la AEAT: es la del ciudadano. El TC no está ahí para que Hacienda nunca tenga que devolver dinero, sino para que lo que es nulo sea nulo de verdad. Lean el post.
Antes de que sea tarde
Si el Gobierno aprueba por Decreto-ley una reforma del impuesto sobre sucesiones y donaciones, los que no hayan hecho uso de su derecho antes de que la norma se publique oficialmente se quedan sin bonificación. Lean el post.
Impagos de alquiler por arrendatarios vulnerables. Arrendador: reclame su compensación.
Si es arrendador, han dejado de pagarle la renta, ha intentado el desahucio y el juez lo ha parado porque el inquilino es vulnerable, reclame de su comunidad autónoma la compensación a la que tiene derecho. Nosotros le ayudamos.
Recupere (parte) de lo que pagó por IAE durante la pandemia
El Tribunal Supremo ha determinado que los Ayuntamientos deben devolver la parte proporcional de la cuota del IAE a las empresas que estuvieron cerradas durante la pandemia, según el tiempo que hubieran dejado de funcionar. La paralización además se presume: no es preciso probarla, ni haber puesto en conocimiento de la Administración el cierre.
El impuesto sobre el patrimonio y el impuesto sobre grandes fortunas son el mismo impuesto
En nuestra opinión, hay dos leyes que regulan el impuesto sobre el patrimonio: la Ley 19/1991, de 6 de junio, y la Ley 38/2022, de 27 de diciembre. La segunda se dice complementaria de la primera. Pero como no es complementaria sino coincidente, no la complementa: la modifica. Lo complementario es la ley, no el impuesto. Esto hace que lo pagado por impuesto sobre el patrimonio (IP) deba hacerse conforme a la Ley del impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas (ITSGF). Y más: como la ley del ITSGF es contraria a la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), ni se puede cobrar el IP ni se puede cobrar el ITSGF. Lean el “post”.