Socios minoritarios

A partir del 5º año de vida la sociedad todo socio tiene derecho que se distribuya por lo menos un tercio de los beneficios de explotación del ejercicio anterior. Lo único que se le exige es que vote en la junta a favor de los dividendos. Si no se reparten, tiene derecho de separación. Eso quiere decir que tiene derecho a que la sociedad le compre su participación a valor de mercado. Si es socio minoritario, llámenos al 92 5767979 o póngase en contacto con nosotros:

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Expropiación tácita a los accionistas de Talgo y Telefónica

Expropiación tácita a los accionistas de Talgo y Telefónica

Hoy las grandes expropiaciones ya no se hacen con la Ley de Expropiación Forzosa, sino directamente con la regulación. este tipo de regulaciones no es la primera vez que se aplica. Acuérdense de la “golden share”. Lean el “post”.

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