Socios minoritarios

03/09/2020

A partir del 5º año de vida la sociedad todo socio tiene derecho que se distribuya por lo menos un tercio de los beneficios de explotación del ejercicio anterior. Lo único que se le exige es que vote en la junta a favor de los dividendos. Si no se reparten, tiene derecho de separación. Eso quiere decir que tiene derecho a que la sociedad le compre su participación a valor de mercado. Si es socio minoritario, llámenos al 92 5767979 o póngase en contacto con nosotros:

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Los parados, obligados a declarar IRPF

Los parados, obligados a declarar IRPF

Desde la campaña 2025 todos los parados están obligados a presentar IRPF. Como no se les retiene, saldrán muchas declaraciones a pagar.

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