
Antes de que sea tarde
Si el Gobierno aprueba por Decreto-ley una reforma del impuesto sobre sucesiones y donaciones, los que no hayan hecho uso de su derecho antes de que la norma se publique oficialmente se quedan sin bonificación. Lean el post.
Si el Gobierno aprueba por Decreto-ley una reforma del impuesto sobre sucesiones y donaciones, los que no hayan hecho uso de su derecho antes de que la norma se publique oficialmente se quedan sin bonificación. Lean el post.
En nuestra opinión, hay dos leyes que regulan el impuesto sobre el patrimonio: la Ley 19/1991, de 6 de junio, y la Ley 38/2022, de 27 de diciembre. La segunda se dice complementaria de la primera. Pero como no es complementaria sino coincidente, no la complementa: la modifica. Lo complementario es la ley, no el impuesto. Esto hace que lo pagado por impuesto sobre el patrimonio (IP) deba hacerse conforme a la Ley del impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas (ITSGF). Y más: como la ley del ITSGF es contraria a la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), ni se puede cobrar el IP ni se puede cobrar el ITSGF. Lean el “post”.
La Junta de Andalucía y la Comunidad de Madrid facilitan el camino para que las grandes fortunas y los bancos y empresas energéticas tengan éxito en sus recursos contra el ITS.
Si tiene que pagar el Impuesto temporal sobre grandes fortunas, recurra la liquidación. Le sobran argumentos. Y según el PSOE y UP también le sobra dinero.
El engorroso y defectuoso impuesto sobre el plástico.
Si no es residente en España pero arrienda un local en España, quítese de encima el lío de pagar el IVA y padecer retenciones contratando nuestro servicio.