14 14Europe/Madrid Dic 14Europe/Madrid 2023
Nos alineamos con Ros Petit Asesores Legales y Tributarios señalando que la futura Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Impuesto sobre el Patrimonio no debe atender ni a tendencias ni a colores, sino a su inveterada jurisprudencia. Por lo que debe ser ESTIMATORIA. La seguridad jurídica que hay que defender no es la de la AEAT: es la del ciudadano. El TC no está ahí para que Hacienda nunca tenga que devolver dinero, sino para que lo que es nulo sea nulo de verdad. Lean el post.
30 30Europe/Madrid Ago 30Europe/Madrid 2023
En nuestra opinión, hay dos leyes que regulan el impuesto sobre el patrimonio: la Ley 19/1991, de 6 de junio, y la Ley 38/2022, de 27 de diciembre. La segunda se dice complementaria de la primera. Pero como no es complementaria sino coincidente, no la complementa: la modifica. Lo complementario es la ley, no el impuesto. Esto hace que lo pagado por impuesto sobre el patrimonio (IP) deba hacerse conforme a la Ley del impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas (ITSGF). Y más: como la ley del ITSGF es contraria a la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), ni se puede cobrar el IP ni se puede cobrar el ITSGF. Lean el “post”.
17 17Europe/Madrid Mar 17Europe/Madrid 2023
Si tiene que pagar el Impuesto temporal sobre grandes fortunas, recurra la liquidación. Le sobran argumentos. Y según el PSOE y UP también le sobra dinero.
19 19Europe/Madrid Nov 19Europe/Madrid 2022
El PSOE y Podemos van a modificar el impuesto sobre el patrimonio para que las sociedades no residentes paguen por los inmuebles que tienen en España. Si su en su sociedad hay inmuebles por valor de 1.200.000 € en el activo, pagará 8.523,36 € más 1.336.999,50 – 1.200.00 * 0,013 = 8.523,36 + 17.928,99 € = 26.452,35 € por impuesto sobre el patrimonio. Hasta esta modificación legislativa, no pagaba NADA. Atentos a las Comunidades Autónomas y a los Convenios para evitar la doble imposición.
26 26Europe/Madrid Feb 26Europe/Madrid 2021
El Impuesto sobre el Patrimonio lo establecieron Suárez y Fernández Ordóñez en 1977 como un tributo de carácter extraordinario. Lo creó la Ley 50/1977, de 14 de noviembre, sobre medidas urgentes de reforma fiscal. Su artículo primero dice así: Se establece un impuesto...
26 26Europe/Madrid Nov 26Europe/Madrid 2020
Miguel Garrido, Presidente de CEIM, perpetuo y eficaz defensor de los empresarios madrileños y de su fiscalidad. La fiscalidad madrileña es más favorable que en otras Comunidades Autónomas en lo relativo al impuesto sobre el patrimonio y el impuesto sobre sucesiones....