Hay que acabar con el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria
Es inconstitucional sancionar por usar un software que no le gusta a la AEAT. La presunción de inocencia prohíbe la imposición de sanciones por la mera utilización de un software sin acreditar que de hecho se ha cometido la infracción. La jurisprudencia del TC es muy antigua. Es un retroceso más en nuestras libertades. Los empresarios deben impugnar el desarrollo reglamentario ante los Tribunales. Nosotros les ayudamos.