¿Y ahora qué hacemos con la tasa de basuras?

Íñigo Coello de Portugal Martínez del Peral

24/03/2026

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado nula de pleno derecho la ordenanza que aprobó la tasa de basuras. La gente se pregunta qué es lo que hay que hacer ahora. Pues lo que hay que hacer es esperar. Pero cada uno tiene que esperar a cosas diferentes:

  • Si usted NO RECURRIÓ la tasa de basuras, a lo que tiene que esperar es a si el Ayuntamiento de Madrid va a recurrir o no en casación. Tiene 30 días para hacerlo. O sea: que hasta el 23 de abril no sabremos qué hay que hacer. Si el Ayuntamiento NO recurre, éste tendrá que devolver a todo el mundo su dinero. O sea: es seguro que va a recurrir. Porque voluntariamente no van a devolver nada. Y, si el Ayuntamiento recurre -y es lo que va a pasar- tendrá usted que esperar a ver si el Tribunal Supremo admite o no el recurso de casación. Si lo admite, tendrá que esperar a que lo resuelvan, lo que supone unos dos años. Y si no lo admite, tendremos respuesta dentro de unos 9 meses, màs o menos, porque es lo que vienen tardando en inadmitir un recurso. ¿Nuestro vaticinio? Pueden admitirlo porque lo que se anula es una Ordenanza y afecta a un gran número de situaciones. Pero deberían inadmitirlo porque hay kilos de jurisprudencia del Tribunal Supremo que confirma la nulidad de las tasas aprobadas sin hacer pública la memoria económica. Pero mientras, el Ayuntamiento, encantado. ¿Usted? Le seguirán sacando el dinero a pesar de la nulidad de la ordenanza. ¿Y la Sentencia del Tribunal Supremo qué dirá? En nuestra opinión la Sentencia del TSJ será confirmada y el Ayuntamiento tendrá que devolver todo lo pagado, con intereses, incluso a los que no hayan recurrido. Pero dentro de unos años.
  • Si usted RECURRIÓ la tasa de basuras, como casi con toda seguridad el Ayuntamiento va a recurrir al Tribunal Supremo, lo que recibirá será una Resolución del TEAM de Madrid en la que con toda probabilidad dirán que, como la Sentencia no es firme la Ordenanza todavía no es nula, y como ellos no son competentes para declarar nulidad alguna pero sí tienen que resolver, desestiman su reclamación y le obligan a usted a ir al contencioso-administrativo. Esta actuación conjunta del Ayuntamiento tiene como finalidad obligarle a usted a acudir a los Tribunales, para lo que tendrá que pagar abogados, todo para que al final le den la razón en algo que ya está declarado nulo de pleno derecho. La revisión del Tribunal Supremo acabará confirmando la Sentencia del TSJ pero mientras el Ayuntamiento a usted le causa gastos y serán muchos los que no recurran, con lo que su resolución quedará firme.

Y es más: si pide AHORA la devolución de lo pagado, como el recurso de casación está en marcha y la Sentencia no es firme, se la desestimarán, y acabará como si hubiera recurrido: teniendo que acudir a los Tribunales. Con el riesgo añadido de que le digan que su petición fue prematura, por no esperar a la Sentencia de la firmeza.

Acuérdense a la hora de votar: el Ayuntamiento le saca el dinero con una norma nula de pleno derecho y luego hace todo lo posible para no tener que devolvérselo. Y mientras usted, a pagar abogados. Los abogados del Ayuntamiento ya están pagados. Por cierto: los paga usted, con sus impuestos. Es lo que hay en España. Se llama "jurisdiccióin contencioso-administrativa", "autotutela" de la Administracióin y ejecutoriedad de los actos administrativos. Lo que, considerado en conjunto, se resume en una palabra: injusticia.

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