¿Cómo transformar su local en vivienda para arrendamiento?
Usted puede transformar su local en vivienda, salvo que los estatutos lo prohíban, pero hay muchas más dificultades que tener en cuenta.
Usted puede transformar su local en vivienda, salvo que los estatutos lo prohíban, pero hay muchas más dificultades que tener en cuenta.
los arrendamientos de locales hechos antes del nueve de mayo de 1985 a favor de personas físicas, aunque sea por traspaso, duran hasta la muerte del arrendador y eso si no se los queda su cónyuge.