¿Secreto de sumario? No para todos.

Íñigo Coello de Portugal Martínez del Peral

27/11/2020

En España por lo visto los periodistas, en cuanto tienen la grabación de alguna declaración judicial declarada secreta, la públican a página entera y no les pasa nada.

Ahora que están modificando la Ley de Enjuiciamiento Criminal creo que lo primero que hay que modificar es el régimen del secreto de sumario.

En primer lugar, el sumario no debe ser siempre secreto. Hay investigaciones que tienen interés público y hay público que tiene interés en las investigaciones. Sólo el juez, para los casos que corresponda debe declarar el secreto de sumario.

Pero además, eso de declarar el sumario secreto para las partes hay que eliminarlo absolutamente.

Las partes tienen siempre derecho a conocer la investigación en marcha, porque les afecta directa y personalmente, y ocultar a las partes el contenido de las investigaciones que está realizando el juez es provocar indefension.

Resulta importante que la Ley de Enjuiciamiento Criminal sea modificada en este sentido.

No tengo esperanza en que el Tribunal Constitucional defienden nuestros derechos porque lo hará 10 o 15 años tarde y siempre intentando nadar y guardar la ropa, como es característico de su setencias. Nuestros derechos tenemos que defenderlos nosotros mismos porque el Tribunal Constitucional no va a hacer nada para ello.

¿Quiere ir al juzgado? Allá usted.

¿Quiere ir al juzgado? Allá usted.

Usted puede resolver sus pleitos prescindiendo del juzgado, sin juez, sin abogados, sin procuradores. Un Laudo vale lo mismo que una Sentencia y además no tiene apelación. Ni tasas judiciales. Ni MASC. Es como en el fútbol pero en la realidad: el árbitro decide y el partido sigue. Por eso funciona el fútbol: porque los litigios no paran el partido. Haga usted lo mismo. Infórmese aquí de cómo hacerlo.

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