Si es usted intermediario de transporte, cargador, transitario u operador logístico, sepa que el BOE de hoy publica una modificación de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, que rediseña las multas por morosidad en los pagos al transportista. A partir del 3 de octubre de 2021, se sanciona en vía administrativa todo incumplimiento del plazo de pago previsto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, es decir, 60 días. Da igual si se pactó otro plazo de pago: a los 60 días se incurre en infracción administrativa sancionable. Se paga multa es estos términos:
- 401 a 600 euros cuando el precio del transporte sea inferior a 1.000 euros.
- 601 a 800 euros cuando el precio del transporte esté entre 1.000 y 1.500 euros.
- 801 a 1.000 euros cuando el precio del transporte esté entre 1.501 y 3.000 euros.
- 1.001 a 2.000 euros cuando el precio del transporte esté comprendido entre 3.001 a 4.000 euros.
- 2.001 a 4.000 euros cuando el precio del transporte esté comprendido entre 4.001 y 6.000 euros.
- 4.001 a 6.000 euros cuando el precio del transporte sea superior a 6.000 euros.
- 6.001 a 18.000 euros si te habían sancionado en los últimos 12 meses por cualquier otra infracción muy grave.
- 30.000 euros cuando se haya superado en más de 120 días “el plazo máximo legal de pago”.
- 30.000 euros si el impago “afecta significativamente a la solvencia del acreedor”.
Esta ley tiene numerosas imperfecciones que permiten a quienes sean sancionados acudir a un abogado y recurrir la multa que le pongan. Por ejemplo: ¿qué es “el plazo máximo legal de pago”? ¿Son los 120 días o son 120 + 60 = 180 días? La diferencia es considerable.
Y otro problema: ¿cuándo “afecta significativamente el impago a la solvencia del acreedor”? Nadie lo sabe.
Hay muchos otros problemas de esta ley que hacen, no fácil, pero sí posible, que un abogado te quite la multa. No lo dude: llámenos al 91 5767979 o use cualquiera el formulario: