Si usted va a litigar, especialmente si lo va a hacer contra las Administraciones Públicas, debe saber que se mete en un berenjenal, porque el Estado tiene montado un tinglado que está pensado para disuadirle.
Si recurre, volverán a por usted. Por el mero hecho de haber recurrido. Tomarán nota. Dicen que no, pero es que sí.
Si recurre, se encontrará con que el Estado tiene jueces especiales, que no son los de los demás, y que son muy estatalistas. Difícilmente le darán la razón. Por derecho, el Estado tiene presunción de legalidad en vía administrativa. Pero de hecho, la tiene también en vía jurisdiccional. El que no lo sepa es que no ha litigado en el TSJ, la AN o el TS, Sala 3.
Si recurre, se encontrará con que a pesar de que su recurso cuestiona la legalidad del acto, éste se ejecutará. O sea, que usted tendrá que pagar o avalar la deuda, tanto si recurre como si no. Aunque se trate de sanciones. En todo caso pagas (o avalas). Si quieres, recurres.
Si gana, se encontrará con que la Sentencia no es inmediatamente ejecutiva. El Estado tiene todavía tres meses para pensárselo y una eternidad para pedir al Tribunal -que es muy estatalista- la expropiación de los derechos derivados de la Sentencia.
Y sobre todo, si pierde, usted tendrá que pagar al Estado las costas que le dé la gana al Tribunal, porque este asunto NO ESTÁ REGULADO. Los jueces hacen literalmente lo que les da la gana.
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