Indemnización a negocios por estado de alarma

Íñigo Coello de Portugal Martínez del Peral

19/12/2020

Lo dijimos en mayo y lo repetimos en diciembre. El que no reclame, no cobra. El estado de alarma ha sido aprobado de modo inconstitucional. Pero los que no reclamen se van a quedar sin indemnización. Puede tener más información en la presentación que sigue:

Convertir su local en vivienda: un calvario. Pero le ayudamos.

Convertir su local en vivienda: un calvario. Pero le ayudamos.

Si entre 2013 y 2018 le han repercutido en factura el “tramo autonómico” del impuesto sobre hidrocarburos en alguna de las comunidades autónomas que lo han implantado, puede reclamar del Consejo de Ministros por existir responsabilidad patrimonial del Estado legislador el importe repercutido hasta el 15 de julio de 2025. Tendremos mucho gusto en ayudarles.

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