Lo dijimos en mayo y lo repetimos en diciembre. El que no reclame, no cobra. El estado de alarma ha sido aprobado de modo inconstitucional. Pero los que no reclamen se van a quedar sin indemnización. Puede tener más información en la presentación que sigue:
Optimice su factura fiscal al disolver un condominio
Si va a disolver una comunidad y uno de los comuneros se va a quedar con el bien, no venda las cuotas: disuelva el condominio. Vea por qué en el post.