Lo dijimos en mayo y lo repetimos en diciembre. El que no reclame, no cobra. El estado de alarma ha sido aprobado de modo inconstitucional. Pero los que no reclamen se van a quedar sin indemnización. Puede tener más información en la presentación que sigue:
¿Quiere ir al juzgado? Allá usted.
Usted puede resolver sus pleitos prescindiendo del juzgado, …





