Han dado conferencias con nosotros:

D. Enrique DE LEÓN REY

D. Enrique de León Rey es Licenciado en Derecho. Doctor en Derecho Civil y en Derecho Canónico. Abogado en ejercicio 1979-1985. Sacerdote. Profesor de Derecho Canónico en la Pontificia Universidad de la Santa Cruz (1987-2004) y en la Universidad Pontificia de Salamanca (2005-2009). Profesor en el Máster Universitario en Derecho Matrimonial Canónico de la Universidad Internacional de La Rioja (2015-). Es autor de diversos libros y artículos sobre temas relativos a la Historia del Derecho Canónico y al Derecho matrimonial y Procesal canónico. Es Juez-Auditor del Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica de Madrid desde 2009.

EXPLICACIÓN LARGA Y FUNDAMENTACIÓN DEL ASUNTO

El Ayuntamiento de Madrid, con base en el artículo 11 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, ha aprobado la Ordenanza Fiscal 8/2024, de 23 de diciembre, reguladora de la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia municipal. En opinión de la Asociación Española de Asesores Fiscales, que la ha impugnado ante el TSJ de Madrid, y en la nuestra, la Ordenanza es nula porque contraviene la ley. No obstante, a usted le han cobrado. Si quiere recuperar lo que ha pagado, no tiene más remedio que, antes de que pase un mes desde que le llegó la liquidación, recurrir ésta. El mejor modo de hacerlo, y el más rápido, es utilizar nuestro servicio: usted simplemente rellena un formulario y nosotros nos encargamos de todo lo demás. Si quiere hacerlo personalmente, allá usted, porque incluso si se dedica profesionalmente a la asesoría fiscal, nuestro servicio es más práctico y más barato. Es más: le agradeceríamos que tuviera la amabilidad de difundir nuestro servicio. Gracias por su ayuda.

EXPLICACIÓN LARGA Y FUNDAMENTACIÓN DEL ASUNTO

El Ayuntamiento de Madrid, con base en el artículo 11 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, ha aprobado la Ordenanza Fiscal 8/2024, de 23 de diciembre, reguladora de la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia municipal. En opinión de la Asociación Española de Asesores Fiscales, que la ha impugnado ante el TSJ de Madrid, y en la nuestra, la Ordenanza es nula porque contraviene la ley. No obstante, a usted le han cobrado. Si quiere recuperar lo que ha pagado, no tiene más remedio que, antes de que pase un mes desde que le llegó la liquidación, recurrir ésta. El mejor modo de hacerlo, y el más rápido, es utilizar nuestro servicio: usted simplemente rellena un formulario y nosotros nos encargamos de todo lo demás. Si quiere hacerlo personalmente, allá usted, porque incluso si se dedica profesionalmente a la asesoría fiscal, nuestro servicio es más práctico y más barato. Es más: le agradeceríamos que tuviera la amabilidad de difundir nuestro servicio. Gracias por su ayuda.

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