Arrendatario estafador, el otro nombre del “okupa”

14/10/2024

Nadie sabe muy bien qué es eso de “okupar”. Excepto el que lo padece. Consiste, en síntesis, en que un tío entra en tu casa, con escasa fuerza en las cosas, y se queda con ella. Luego, cuando van a por él, te denuncia por delito de coacciones.

Como los jueces no protegen a los propietarios, y los LAJs tampoco, porque el mero hecho de la lentitud es perjuicio directo, lo mejor que se ha inventado hasta ahora era “desokupa”, o sea, prescindir del Derecho y pasar el hecho: en el caso de que haya coacciones, las realiza otro. Gentes que saben jugar al límite de lo jurídico. Y lo hacen tan bien, con resultados tan prácticos, que les ha contratado hasta la Policía para que les den clase.

Algo había que inventar para que el mundo siguiera girando. Y en el mismo día de las manifestaciones de la izquierda improductiva contra la legislación en materia de vivienda, ha saltado la liebre en LA LEY con una interesante noticia: cuando un pavo inquilino se queda con tu vivienda con intención de no pagar el alquiler es un estafador y va a prisión. El TSJ Comunidad País Vasco, Sala de lo Civil y Penal,en la Sentencia 38/2024, de 17 de abril, Rec. 45/2024, condena por estafa a un inquilino que engañó al arrendador porque desde el principio sabía que lo que quería era “okupar” el piso, pero en vez de manipular la cerradura, engañó al dueño.

¿Lo malo? De nuevo, la lentitud del procedimiento. Años para meter a la inquilina estafadora en la cárcel. Pero ahora, con esta jurísprudencia, hay algo que se puede intentar: pedir medidas cautelares con la querella. O sea, prisión provisional. Y que explique desde la cárcel por qué no pagar la renta.

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