En España no hay igualdad de partes procesales

Íñigo Coello de Portugal Martínez del Peral

18/06/2020

En España no hay igualdad de partes procesales. Cuando una de las partes es una administración pública, todo lo que hace está lleno de privilegios. ¿En qué cabeza cabe que cuando se aprueba una tasación de costas, le digan a la parte incluso la cuenta en la que tiene que pagar? ¿Acaso cuando los particulares ganan una tasación de costas el LAJ le dice a la parte en qué cuenta tiene que hacer el ingreso inmediato? ¿Acaso los particulares pueden seguir la vía de apremio y no tienen más bien que acudir al LAJ para que ejecute? Es un abuso de la ley y una auténtica barbaridad que los abogados del Estado puedan cobrar costas, porque es una tasa encubierta, como hemos publicado en otros lugares. Al abogado del gobierno le pagamos entre todos. Y luego la parte encima le tiene que pagar una tasa, que le llaman costas pero que es un sobreprecio a favor de las administraciones. Una auténtica vergüenza y una manifestación palmaria de que en España no hay igualdad de partes en el proceso.

Convertir su local en vivienda: un calvario. Pero le ayudamos.

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Si entre 2013 y 2018 le han repercutido en factura el “tramo autonómico” del impuesto sobre hidrocarburos en alguna de las comunidades autónomas que lo han implantado, puede reclamar del Consejo de Ministros por existir responsabilidad patrimonial del Estado legislador el importe repercutido hasta el 15 de julio de 2025. Tendremos mucho gusto en ayudarles.

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