Recupere sus pérdidas por hipotecas multidivisa

En años pasados algunas entidades de crédito comercializaron productos hipotecarios con rentabilidad potencial pero riesgo garantizado. Advertían de la rentabilidad. No advertían del riesgo.

La hipoteca “multidivisa” es uno de los productos de riesgo cierto y alto que hace años comercializaron algunas entidades de crédito sin advertir al cliente de la volatilidad del activo.

El préstamo se ofrecía al cliente normal, que ninguna relación ni conocimiento tenia del mercado de divisas, como préstamo ventajoso que, al estar suscrito en divisas distintas del euro −generalmente yenes o francos suizos− tenía un tipo de interés menor al del euro, por lo que la cuota mensual hipotecaria resultaba más baja.  

No se informaba al cliente de la gran volatilidad de los mercados de divisas. Por su volumen, éstos parecen estables y es al revés. Son muy inestables porque el valor del dinero depende de los tipos de interés y por tanto de los políticos.

La volatilidad de los mercados de divisas producía un segundo efecto no informado: el capital pendiente de amortizar iba a ser objeto de constante recálculo mensual, de forma que la variación del tipo de cambio de la divisa en relación al euro disminuía o incrementaba mensualmente las cuotas que el cliente iba a tener que pagar.

El efecto es sencillo pero se ocultaba: un cambio en el tipo de cotización del euro frente a la divisa en que estuviera denominado el préstamo daba lugar a una cuota mucho más alta o mucho más baja que la que habría dado el mismo préstamo concertado en euros.

Este recálculo constante del capital pendiente de amortizar ha dado lugar en algunos casos a que en un momento determinado la cantidad a devolver en euros haya sido superior a los euros entregados para el cambio de la divisa. Consumidores que llevaban años pagando puntualmente sus cuotas, debían más al final que al principio. Por efecto del tipo de cambio. Del que no habían sido informados.

Cuando los clientes se han enfrentado a las entidades de crédito exigiéndoles responsabilidad, las resoluciones judiciales han dado lugar a decisiones dispares.

Algunos tribunales han señalado que la culpa no era del banco, sino… ¡del cliente! Que pudo haber solicitado el cambio a euros y ya está. Es decir, pudo seguir especulando. O más bien pudo dejar de especular. Por ejemplo, la increíble Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 8ª, Sentencia 157/2015 de 14 Abr. 2015, Rec. 537/2014 (revocada por el Tribunal Supremo).

Sentencias como esta soslayan el problema real, y es que el cliente no sabía que estaba especulando. A él nadie le dijo que el mercado de divisas era especulativo y no se le puede obligar a hacer un cursillo para que aprenda (mientras pierde dinero).

Para los clientes consumidores y no especuladores el criterio judicial ha quedado fijado y el camino allanado tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE de 20 de septiembre de 2017, asunto C-186/2016 “caso Andriciuc” que ha traído sentido común a todo este asunto.

El Tribunal Supremo español se ha visto forzado a modificar su jurisprudencia y a asumir el criterio del TJUE. En su Sentencia nº 608/2017 de 15 de noviembre de 2017, cambia su criterio y declara la nulidad de todas las cláusulas relativas a la opción multidivisa de un préstamo hipotecario, porque los prestatarios no recibieron información adecuada sobre la naturaleza de los riesgos asociados a las cláusulas relativas a la denominación en divisas del préstamo y su equivalencia con la moneda en que los prestatarios reciben sus ingresos. Tampoco sobre las consecuencias asociadas a la materialización de tales riesgos.

A la vista de esta Sentencia y otras posteriores, los clientes de entidades de crédito que sean consumidores y hayan tomado dinero a crédito sujeto a cláusulas multidivisa y hayan perdido dinero, pueden recuperar lo perdido si no fueron debida y previamente informados de acuerdo con su formación personal acerca de los riesgos en que incurrían al tomar un préstamo sujeto a condiciones multidivisa.

Si usted tiene una hipoteca de este tipo y cumple las anteriores condiciones −que son las de la mayoría de la gente− puede recuperar lo que ha perdido, con intereses.

Llámenos al +34 91 5767979 o rellene el formulario y nos pondremos en contacto con usted:

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